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EN CUANTO A LA JURISPRUDENCIA “La educación sexual para niños, niñas y adolescentes en Colombia”

  • Foto del escritor: Javier Mauricio Amaya T.
    Javier Mauricio Amaya T.
  • 25 jul 2019
  • 5 min de lectura

Derechos interrelacionados:


Los derechos sexuales y reproductivos se encuentran emparentados con otros derechos fundamentales y naturales que los sustentan y estructuran. Los derechos subjetivos a la intimidad, autonomía y la identidad; y todos están ligados a su vez con el principio de la dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

En cuanto a la identidad, esta comporta el presupuesto de la libertad pues incluye la autonomía del individuo para autodeterminarse. Quiere decir que los derechos sexuales y reproductivos tienen como componente inherente el de la libertad humana de elegir.

El ejercicio de estos derechos debe estar libre de todo vicio, ya que la violencia ocasiona el entorpecimiento definitivo del libre desarrollo de la personalidad del menor y conduce a una conducta violenta (perpetuada) en la edad adulta.

De otra parte y teniendo en cuenta que los derechos sexuales y reproductivos se ejercen bajo el parámetro de la libertad y autonomía, estos se interrelacionan con el libre desarrollo de la personalidad, en cuanto al derecho que tiene toda persona de autodeterminar su vida sexual de acuerdo a sus propios juicios de valor, con una voluntad libre, como parte de su desarrollo vital y teniendo como límite los derechos de los demás.

Igualmente, como se sabe, los derechos de los niños y adolescentes, priman sobre los demás derechos. Los padres y el estado tienen la responsabilidad primigenia de garantizarlos ya que, los adolescentes tienen una naturaleza frágil o vulnerable, por causa del desarrollo de sus facultades y por otra parte, existe el imperativo de asegurar un futuro promisorio para la comunidad.

Al ser seres en desarrollo, el derecho a la educación se estructura como uno de los derechos más importantes emparentados con la infancia y la adolescencia ya que, a través de la educación el ser humano puede desarrollar y fortalecer sus habilidades cognitivas, físicas, morales, culturales entre otras. La educación cumple el propósito social de erradicar la pobreza, el desarrollo humano y desarrollo democrático. La educación potencia la igualdad de oportunidades y es un elemento esencial para la construcción de equidad social.


La sexualidad:


La sexualidad es un componente esencial de la vida psíquica y de la personalidad de un individuo, presente desde el nacimiento y la concepción hasta su vida adulta, incluye la reproducción humana pero esta última no la explica en su totalidad. A nivel psicológico conforma el entramado de la salud mental de una persona y responde a necesidades de las etapas evolutivas del ser humano.

Para la Corte Constitucional, las 4 dimensiones de la sexualidad son, la erótica, que está íntimamente relacionada con el placer sexual, la afectiva, la cual se relaciona con la interacción con el otro y el amor propio, la reproducción humana y el aprendizaje del género y la identidad sexuales.

Respecto de este último componente se concluye que la orientación sexual abarca los deseos, sentimientos, atracciones sexuales y emociones que puedan darse frente a personas del mismo género, de diferente género o de diferentes géneros. La Identidad de Género por otro lado es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento.

Son los padres quienes más influencian la sexualidad de sus hijos, determinando su comportamiento sexual en el diario vivir. La sexualidad juega un papel trascendente en la vida individual y social y muchos de los vacíos dejados en la familia, tienden a ser llenados en la escuela no siempre de la mejor manera.

Respecto de los peligros en la escuela, adoctrinar a los niños y adolescentes en una determinada concepción dogmática de ser humano o la utilización de metodologías degradantes, pueden llevar a daños psicológicos irreversibles.

Educación Sexual:

Para la Corte Constitucional, la educación sexual en Colombia es obligatoria en todos los niveles, desde el preescolar hasta la educación media. La metodología establecida para impartir esta educación es la de proyectos pedagógicos, que son transversales a todas las áreas y se imparten en todos los niveles. La educación sexual no requiere de una asignatura específica desde preescolar hasta noveno grado.

La finalidad de los proyectos pedagógicos es desarrollar habilidades para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar, los estudiantes deben aprender a manejar situaciones de riesgo de acuerdo a las siguientes temáticas establecidas en la ley 115 de 1994 “relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante”. Según el Ministerio de Educación Nacional (MEN), y complementado lo anterior, otras finalidades de estos proyectos pedagógicos serían, promover el respeto a la dignidad del ser humano, la toma de decisiones responsables, valorar la pluralidad de identidades y construcción de relaciones pacíficas. Dichos proyectos transversales deben estar incorporados al PEI (Proyecto Educativo Institucional) de los colegios.

Para grados 10o, 11o y educación superior, se instauró la cátedra para la sexualidad complementaria a los proyectos transversales ya que los adolescentes mayores de 14 años tienen la capacidad suficiente para ejercer libremente su consentimiento respecto de su propia sexualidad y tienen un desarrollo sexual e intelectual que les permite abordar ciertos contenidos de la educación sexual con objetivos diferentes a los de los niños de menores de 14. Su realidad es distinta pues enfrentan dinámicas sociales diferentes con riesgos frente a los cuales es pertinente una cátedra.

La educación sexual es una responsabilidad a cargo del Estado, la sociedad y la familia e incluye los postulados constitucionales sobre el derecho a la educación. La educación sexual debe tener un enfoque de derechos humanos, incorporar principios constitucionales y estar inmersa dentro del marco de una educación de calidad. Lo anterior quiere decir que debe ser una educación científica y que incorpore la reflexión pedagógica, tomando como guía el enfoque de derechos humanos.

En concordancia con lo anteriormente resaltado, la Corte establece que la educación sexual es además un aporte fundamental al libre desarrollo de la personalidad, hace parte de los derechos del niño y es esencial para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. Requiere de una lectura de contexto de los diferentes actores de la comunidad educativa, con el fin de transformar situaciones que vulneren el ejercicio de los derechos sexuales y propendan por su ejercicio crítico.

Por otro lado, la Corte se pregunta si estos proyectos educativos transversales para la prevención del embarazo adolescente y la violencia sexual, así como la cátedra, funcionan como deberían. La Corte concluye, que lejos de lograrse los objetivos propuestos, se dio un incremento en los últimos años hasta el 2016 (corroborado por cifras de Medicina Legal en 2017), de la violencia sexual contra personas menores de 14 años y de los embarazos adolescentes.

Esto establece el compromiso urgente de evaluar objetivamente la idoneidad de la política pública contra la violencia sexual, si está siendo o no está siendo efectiva. “Según el Reporte, del ICBF, los menores entre los 6 y los 14 años son quienes presentan mayor victimización, con un alto acrecentamiento anual sostenido a partir de 2012, siendo el 2015 el año con mayores víctimas” ... “De la misma manera frente al tema del embarazo adolescente, las cifras indican un crecimiento continuo de los casos con excepción del 2013 en que el aumento de los casos fue altamente significativo. 1 de cada 5 mujeres entre 14 y 19 años, (en zona urbana) ha estado embarazada y 1 de cada 4 ha estado embarazada o es ya madre en las zonas rurales. También se ha aumentado el número de embarazos en niñas entre los 10 y los 14 años.

Respecto del tema de la educación para la sexualidad, la Corte concluye, en definitiva, que lamentablemente el modelo sobre la educación sexual y prevención de la violencia y embarazo infantil no está funcionando y presenta insuficientes resultados.




 
 
 

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